La Resolución General 15/2024 (IGJ) fijó nuevas pautas para registrar y conservar las reuniones del órgano de gobierno o de administración que se realicen a distancia.
👇 Te contamos los puntos más importantes.
Requisitos para reuniones celebradas a distancia:
🔹Grabación: Debe registrarse la reunión en formato digital.
🔹Conservación: El representante legal debe guardar una copia durante 5 años.
🔹Disponibilidad: Esta copia digital debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite (si es una reunión del órgano de gobierno) o de los integrantes del órgano de administración y fiscalización (si es una reunión del órgano de administración).
🖋️ Registro en libros sociales:
El acta debe transcribirse en el libro correspondiente.
Debe consignarse quiénes participaron.
La firma del representante legal es obligatoria.
⚠️ Excepción:
La conservación del soporte digital (la grabación de 5 años) no será necesaria si el acta fuera posteriormente suscripta por la totalidad de los participantes de la reunión.