1. Las tasas y su naturaleza
Desde hace muchos años, los municipios de la República Argentina están habilitados, por el derecho fiscal intrafederal, a exigir contribuciones municipales por servicios efectivamente prestados.
No deben olvidar que el arancel, como categoría tributaria, implica como contraprestación un servicio público estatal que se individualiza en el obligado a su pago, más allá de las ventajas que este pueda obtener con el mismo.
Sin embargo, a pesar de lo expuesto, la exigencia de tasas a determinados individuos sin que estos reciban una prestación estatal precisa, concreta e individualizada se ha vuelto común a lo largo de los años. Incluso, en muchas ocasiones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha invalidado estas figuras por ser verdaderos impuestos encubiertos que vulneran la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos.
2. El caso del Municipio de Pilar
En la actualidad, muchas municipalidades aplican gravámenes encubiertos bajo la figura jurídica de un supuesto canon.
En este marco, se destaca que recientemente el municipio de Pilar incrementó la Tasa de Protección Ambiental, que en realidad es un impuesto encubierto, elevándola de un importe fijo de $69 aproximadamente a un monto variable de aproximadamente el 2% sobre el importe neto de cada una de las compras. Esta medida comenzaría a regir a partir de diciembre de 2025.
3. La triple imposición al consumo
En consecuencia, los comercios de la región verán sus ventas netas afectadas por tres cargas a los consumos, generando una triple imposición vertical:
- 1. A nivel nacional: impuesto al valor agregado (IVA).
- 2. A nivel provincial: impuesto sobre los ingresos brutos (IIBB).
- 3. A nivel municipal: tasa de protección ambiental (impuesto encubierto del 2%).
4. Consecuencias en el contexto actual
Resulta lamentable que, en la Argentina actual, con una política nacional enfocada en la eficiencia y la simplificación tributaria, y donde se busca bajar la presión fiscal, el municipio de Pilar piense en incrementarla a niveles irrazonables e ilegales. Dado que:
- Esto generará un fuerte impacto en el nivel de precios, provocando aún más recesión y contracción de la demanda.
- No se duda que, para muchos ciudadanos, una alternativa será migrar sus compras a un municipio vecino en lugar de hacerlas en Pilar, donde serán un 2% más caras y sin fundamento alguno.
Conclusión
En una República Argentina que está virando hacia la racionalidad tributaria, se cree que las políticas tributarias locales deberían alinearse.
Fuente: Errepar+