ACLARACIONES RESPECTO DE LA APLICACIÓN DE LA NUA PARA LOS BALANCES DEL AÑO 2025
RT 54 – Aplicación Inicial (CPCECABA)
¿Qué establece la Resolución P. Nº 460/2024?
- Adopta la RT 54 (T.O. RT 59) como norma obligatoria en CABA.
- Vigencia:
✔ Ejercicios iniciados desde el 1/1/2025.
✔ Aplicación anticipada: ejercicios finalizados desde el 30/9/2024.
Ejercicios Regulares
- Obligatoria en el primer ejercicio iniciado en 2025.
- Ejemplo: cierre noviembre → primera aplicación en 30/11/2026.
Ejercicios Irregulares
- Si se inicia después del 1/1/2025 → aplicación obligatoria.
- Si se inicia antes → aplicación voluntaria (solo si finaliza después del 30/9/2024).
Cambio de Fecha de Cierre
- Se evalúa cada ejercicio por separado.
- Ejemplo: cambio aprobado en febrero 2025 → ejercicio iniciado en marzo 2025 aplica RT 54.
Estados Contables de Liquidación
- Obligatoria si el ejercicio comenzó en 2025.
- Voluntaria si no hubo estados previos bajo RT 54.
Períodos Intermedios y Especiales
- Intermedios: aplicación voluntaria en el primer ejercicio (hasta emitir el anual).
- Especiales: voluntaria, aplicando el mismo criterio.
Conclusión
- Ejercicios regulares, irregulares y de transformación → aplicación obligatoria si inician desde 1/1/2025.
Liquidación, períodos intermedios y especiales → aplicación voluntaria, salvo que ya exista un estado bajo RT 54.