CP Julián Jaite
RESOLUCIÓN N° 1834/2025.
Mediante la Resolución indicada el Ministerio de Economía implementó un mecanismo que permite a los operadores de comercio exterior expresar en dólares estadounidenses los siguientes créditos fiscales acumulados al 31/10/25:
- Saldos a favor de libre disponibilidad de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior.
- Importes de Reintegros a la Exportación.
A los efectos de su utilización deberán manifestar la referida opción hasta el 1/3/26, inclusive.
A los fines de la referida conversión utilizarán el TC vendedor del BNA correspondiente al día de entrada en vigencia de la norma (18/11/2025).
La utilización de los saldos “dolarizados” ´podrá realizarse a partir del 1/1/27 con el fin de compensar con el pago de tributos interiores y aduaneros recaudados por ARCA/DGA, o solicitar el reintegro de los mismos.
Al momento de su utilización los dólares acumulados se convertirán a pesos el tipo de cambio comprador del BNA del día anterior a la operación.