Digitalización obligatoria de trámites societarios y contractuales

Digitalización obligatoria de trámites societarios y contractuales

IMPORTANTE | Desde el 1/8/2025, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires establece la obligatoriedad de la presentación digital para los trámites de constitución, reformas y actos registrales.
También alcanza a sociedades extranjeras y a trámites con legajo N° 260.000 o superior.

A partir del 01/08/2025

Los siguientes trámites deberán presentarse exclusivamente por vía digital:

  • Constitución de personas jurídicas
  • Cambio de jurisdicción / apertura de sucursal
  • Registración de fideicomisos
  • Contratos asociativos
  • Inscripción de entidades extranjeras

A través de la plataforma de Formularios Digitales del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

Plataforma Oficial: www.gba.gob.ar/dppj

Desde el 01/08/2025

Todos los trámites posteriores a la constitución o inscripción inicial de personas jurídicas y contratos, con número de legajo superior a 260.000, deberán presentarse exclusivamente por vía digital.

Ejemplos que incluye:

  • Designación / Renuncia / Remoción autoridades
  • Aumento de capital
  • Reformas de estatuto
  • Presentación de estados contables
  • Otros actos registrales posteriores

Excepción:
Asociaciones civiles pueden presentar en papel, pero el funcionario receptor debe digitalizar, firmar digitalmente y cargar la documentación en la plataforma oficial.

Aclaraciones Finales:

Trámites con legajo menor a 260.000 podrán seguir presentándose en papel.
Trámites iniciados que no estén concluidos al 01/08/2025 deben continuar en formato digital.
Aplica la Disposición 44/2021 en lo que no se oponga.
Se derogan los puntos 2.4, 4.3, 4.3.1, y 10.1 del Anexo de Tramitación Digital de la Disposición 44/2021 (T.O. 70/2024)

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