La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha dispuesto una modificación crítica en la operatividad diaria de las cuentas comitentes que impacta de manera inmediata en los circuitos de tesorería y gestión de liquidez de las empresas. Ante un entorno de mayor trazabilidad financiera y automatización de controles, la actualización de los canales de transferencia resulta fundamental para evitar interrupciones operativas en la administración del capital de trabajo.
Detalle de la Medida Operativa: Norma regulatoria: Resolución General CNV 1166/2026 (modificatoria del art. 3 del Título XI de las Normas CNV).
- Vigencia: A partir del 15 de septiembre de 2026.
- Sujetos alcanzados: Personas Jurídicas (empresas) y Personas Humanas titulares de cuentas de inversión en Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC).
- Prohibición expresa: Queda eliminado el uso de cheques físicos y cheques electrónicos (e-cheqs) para ingresar o retirar fondos de cuentas comitentes.
- Canal exclusivo habilitado: Los movimientos de disponibilidades deben canalizarse únicamente mediante transferencias bancarias o virtuales (CBU/CVU).
- Requisito de titularidad: Exigencia de coincidencia exacta en la titularidad o cotitularidad entre la cuenta de inversión y la cuenta bancaria/virtual de origen o destino.
- Excepción operativa: La negociación y descuento de Cheques de Pago Diferido (CPD) en el mercado bursátil continúa funcionando sin modificaciones.
Impacto en la Estructura Corporativa y Control Cruzado
Scoring de Riesgo Fiscal (SIPER / Perfiles de Riesgo): El intento inadvertido de girar e-cheqs generará el rechazo por parte del ALyC, con el consecuente riesgo imprevisto de iliquidez. Asimismo, operar con cuentas CBU/CVU que presenten inconsistencias de titularidad o no estén declaradas puede disparar alertas en los esquemas de monitoreo automatizado de ARCA, impactando de forma indirecta en el SIPER y elevando alícuotas de retención bancaria (SIRCREB/SIRCUPA).
Factura de Crédito Electrónica MiPyME (FCE) y Cadena de Pagos:
La negociación bursátil de FCE y CPD se mantiene inalterada. Sin embargo, Tesorería no podrá utilizar e-cheqs de terceros o propios recibidos en la cadena B2B para fondear de manera directa la cuenta comitente como cobertura o caución; deberán depositarse previamente en cuentas bancarias de la sociedad antes de ser transferidos.